La del 1º de Mayo es la
fiesta del movimiento obrero mundial por antonomasia. Celebrado en París en
1889, por acuerdo del Congreso Obrero Socialista de la Segunda Internacional,
es una jornada de lucha reivindicativa y de homenaje a los Mártires de Chicago.
Estos sindicalistas anarquistas fueron ejecutados en Estados Unidos por
participar en las jornadas de lucha por la consecución de la jornada laboral de
ocho horas, que tuvieron su origen en la huelga iniciada el 1º de mayo de 1886
y su punto álgido tres días más tarde, el 4 de mayo, en la Revuelta de
Haymarket. A partir de entonces se convirtió en una jornada reivindicativa de
los derechos de los trabajadores en sentido general que es celebrada en mayor o
menor medida en todo el mundo.
ALGUNAS
DEFINICIONES QUE HAN HECHO AL PROGRESISMO
La Doctrina Social de
la Iglesia ha definido que “El
trabajador es la causa eficiente del proceso productivo. Su auténtico
protagonista, en razón de su dignidad de persona, mientras que los factores
inanimados son medios en las manos del hombre, a modo de causas instrumentales.
… El capital, constituido por riqueza –dinero, tierras, propiedades,
equipos, derechos adquiridos- acumulado a partir del trabajo del hombre,
debe cumplir el papel de facilitar la labor de todos en favor del progreso
social. No es indiferente el destino que el dueño del capital da a sus
inversiones, porque siendo el fin genérico de los bienes materiales la satisfacción
de toda la familia humana, en primer lugar se debe pensar en los lugares más
necesitados para beneficiar a las personas más pobres. Así se colabora
solidariamente en la redistribución de la riqueza, y se evita el mal que
significa para muchas familias el tener que emigrar y desarraigarse de sus
costumbres y parientes. El trabajador no puede estar supeditado al interés
primordial del dinero o del Estado, porque el factor capital del proceso
productivo no es ni el dinero ni el Estado, sino el trabajador intelectual y
manual. El progreso no depende de la acumulación de dinero o de poder social
en pocas manos o en manos del Estado, porque todo recorte a la libertad
social es un atropello a la dignidad de las personas, que el Estado no
puede permitir a otros ni cometer él mismo, ya que el fin no justifica los
medios. … El desarrollo y el progreso no se miden únicamente por indicadores
económicos, sino por el grado de promoción del bien común integral,
tanto espiritual como material, que el hombre haya logrado con su trabajo digno
u fraterno.”.
Canto al Trabajo (Buenos Aires)
En 1.931 Pío XI supo
señalar, en su Encíclica “Quadragésimo Anno”, que “Durante mucho tiempo, en efecto, las riquezas o capital se
atribuyeron demasiado a sí mismos. El capital reivindicaba para sí todo
el rendimiento, la totalidad del producto, dejando al trabajador apenas lo
necesario para reparar y restituir sus fuerzas. Pues se decía que, en
virtud de una ley económica absolutamente incontrastable, toda acumulación de
capital corresponde a los ricos, y que, en virtud de esa misma ley, los
trabajadores estaban condenados y reducidos a perpetua miseria o a un sumamente
escaso bienestar. Pero es lo cierto que ni siempre ni en todas partes la
realidad de los hechos estuvo de acuerdo con esta opinión de los liberales vulgarmente
llamados manchesterianos, aun cuando tampoco pueda negarse que las
instituciones económico-sociales se inclinaban constantemente a ese principio.
Por consiguiente, nadie deberá extrañarse que esas falsas opiniones, que tales
engañosos postulados, hayan sido hayan sido atacados durante y no solo por
aquellos que, en virtud de tales teorías, se veían privados de su natural
derecho a conseguir una mejor fortuna.”.
Canto al Trabajo (Rogelio Yrurtia - argentino)
Juan XXIII diría luego,
en 1.961, en su “Mater et Magistra”: “Los
deberes de la justicia han de respetarse no solamente en la distribución de los
bienes que el trabajo produce, sino también en cuanto afecta las
condiciones generales en que se desenvuelve la actividad laboral. Porque en
la naturaleza humana está arraigada la exigencia de que, en el ejercicio de la
actividad económica, le sea posible al hombre asumir la responsabilidad de lo
que hace y perfeccionarse a sí mismo. De
donde se sigue que, si el funcionamiento y las estructuras económicas de un
sistema productivo ponen en peligro la dignidad humana del trabajador, o
debilitan su sentido de responsabilidad, o le impiden la libre expresión
de su iniciativa propia, hay que afirmar que este orden económico es
injusto, aún en el caso de que, por hipótesis, la riqueza producida en él
alcance un nivel y se distribuya según criterios de justicia y equidad.”
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